jueves, 22 de diciembre de 2011

ACTA DE LA COMISION DE URBANISMO DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2.011

PRESIDENTE: D. IÑAKI IZAGUIRRE DIAZ (EAJ-PNV)
CONCEJALES: Dª. NAGORE DE PABLOS BUSTO (EAJ-PNV)
Dª. IDOIA DEL POZO (PSE-EE)
D.. ALBERTO MARINERO (PSE-EE)
D. ISRAEL BRULL (BILDU)
VECINOS:
D. JOSE ANGEL LOPEZ
D. AGUSTIN SANTAMARIA
D. AXIER ARROITIA LA FUENTE
D. JON PEÑA
Dª. ANA CARIDAD GONZALO NAVARRO
D. ALFREDO OSTARITZ
D. FRANCISCO SALICIO COLMENERO
D. CONSUELO VEGA LOPEZ

TECNICOS: D. J. URIARTE ARCINIEGA (ARQUITECTO SUP- SECRETARIO) .)

En el Salón de Sesiones del Ayuntamiento de Ortuella, siendo las 19:30 horas del día 28 de Noviembre de 2.011, previa convocatoria al efecto, se reúne la Comisión de Urbanismo, con el fin de tratar de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, dando fe de todo ello el Secretario en funciones D. Jesús Uriarte Arciniega

1.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR (ACTA Nº 3/2011).

El Sr. Izaguirre (EAJ-PNV), Presidente de esta Comisión da comienzo a la sesión, preguntado si alguno de los Sres. Presentes tiene algún reparo que oponer al acta que se trae a
aprobación.
No habiendo reparos que oponer, la Comisión de Urbanismo acuerda por unanimidad

1º.- Aprobar el Acta nº 3/2011.

2º.- DAR CUENTA DEL ESCRITO PRESENTADO POR D. JOSE RODRIGUEZ EN REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO DE FAMILIAS DE LA RESIDENCIA DE OTXARTAGA (ORTUELLA).

Leído y explicado el informe técnico emitido por le Arquitecto Municipal, que textualmente dice:

D JESÚS URIARTE ARCINIEGA . ARQUITECTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA (BIZKAIA)

ASUNTO: Escrito Presentado por José Rodríguez en representación del Consejo de Familias de la Residencia de Otxartaga.

INFORME:
El técnico que suscribe ha examinado el escrito presentado por D. José Rodríguez en representación del Consejo de Familias de la Residencia de Otxartaga, en el que expone las siguientes reclamaciones:
A) Deficiencias derivadas en la gestión y dirección del Centro.
B) Falta o carencia de zonas de esparcimiento entrono al edificio de la Residencia.
C) Dificultad de movilidad peatonal, en relación con la Plaza Parque de Otxartaga, de forma que pueda acercarse la Residencia al Centro del Pueblo.

1. Informar al respecto que las deficiencias en la gestión y en la Dirección del Centro, se deben reclamar en el propio Centro o en el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Foral de Bizkaia.

2. En relación con la falta de zonas de esparcimiento entorno al edificio, informar que debe ser la propietaria de la Residencia la que debería realizar obras de acondicionamiento para satisfacer dichas carencias.

Las zonas propuestas por el Ayuntamiento hace más de (1) un año “terraza oeste” y “placita redonda” , no fueron del agrado del Consejo de Familia, ni de la Dirección Técnica, respectivamente . El acondicionamiento de la terraza oeste, consideran una zona desapacible como lugar de estancia para los residentes, siendo favorables en el acondicionamiento de una plaza en la fachada norte, protegida de los vientos y con el soleamiento de la tarde.

Como conclusión a la falta de acondicionamiento de zonas de estancia exterior para los residentes, se informa que se pueden llevar a cabo dos zonas:

a. Zona de la terraza situada en la fachada Oeste.
Acondicionar con bancos, jardineras y pérgolas la zona de la terraza oeste y conducir el aire molesto de la secadora mediante un conducto colocado en la fachada.

b. Zona de aparcamiento situada frente a la fachada Norte
Se puede acondicionar una zona para estancia de los residentes, ampliando la zona actual donde están situados la agrupación de 3 bancos y 2 bancos, ello supone eliminar las 12 plazas de aparcamiento existente y acondicionar con bancos, jardineras y pérgolas una zona de esparcimiento con una superficie de 200 m² .

3. En relación con la movilidad peatonal de los residentes con respecto a las plazas públicas Municipales, decir que la Residencia está ubicada en una zona céntrica del Municipio, entre la plaza de Otxartaga y la Plaza o Jardín de Avda. del Minero, sita entre el Ambulatorio y el Centro de Día Municipal. Es cierto que la orografía del Municipio de Ortuella dificulta la accesibilidad, pero a dichas plazas se puede acceder por aceras públicas.

Considerando que la petición del Representante del Consejo de Familias, es disponer de un acceso con la Plaza Parque de Otxartaga, la Alternativa propuesta en su escrito, se considera costosa y de difícil ejecución la conexión con la calle de subida a Otxartaga.

Las propuestas que se establecen en esta Oficina Técnica definidas como Alternativa 1 y 2 son las siguientes:

Alternativa .1.-

 Consiste en utilizar los ascensores existentes en la Residencia, salir a la acera pública hasta el cruce de Otxartaga y construir un nuevo acceso en rampa a la plaza, entre los bloques de viviendas nº 15 y 16 . Esta solución seguida de una Obra Municipal valorada en 68.500 .- € y una obra de reforma de los accesos en planta baja a cargo de la propiedad de La Residencia, valorada en 20.000.- €

Alternativa .2.-

 Consiste en construir una rampa de acceso a la plataforma exterior de la Residencia, no por el terreno del Colegio como propone el Representante del Consejo de Familias de la Residencia, si no adosada al muro exterior ocupando espacio de acera pública.

Esta solución de construir una rampa de 180 cm. de anchura, supone una obra de reforma de la acera, y eliminar 5 plazas de aparcamiento, para ampliar el espacio de acera que ocuparía la citada rampa.

Esta solución de rampa para la conexión de la residencia con la Plaza Parque de Otxartaga, supondría un costo estimado para el Ayuntamiento de 160.000.- € y un costo para la Residencia de 40.000 € para construir la continuación de la rampa a modo de acera por su propiedad.

Como conclusión se informa que en lo que afecta al Ayuntamiento, la Alternativa – 1 , sería una solución valida contando con la accesibilidad que permite los ascensores de la Residencia, solución que aparentemente no es aceptada por los Residentes, al considerar el uso de los ascensores complicado para las personas mayores y con problemas de movilidad. Y la Alternativa - 2 sería más favorable e integradora en el contexto urbano, que la propuesta por el Representante del Consejo de Familias de la Residencia.

La comisión considera que es cierto lo expuesto por el Sr. Rodríguez en relación con la carencia de espacios libre entorno al edificio de la Residencia para uso de los residente, y tal y como lo informa el Técnico Municipal, se deberá exigir a los titulares del Centro que procedan a acondicionar zonas de estancia frente a la entrada principal del edificio, eliminando los aparcamientos existentes, y por otra parte, que se acondicione la terraza lateral, colocando un tubo para canalizar el aire de la secadora y producir molestias en dicha terraza.

En relación con los accesos del centro a las plazas públicas municipales, la comisión acuerda exigir a los titulares del Centro que procedan a efectuar obras de reforma en el hall de acceso de los ascensores, para mejorar la accesibilidad y la movilidad, dada la carencia de un rellano frente a las puertas de entrada y salida a dicho hall, y por otra parte, queda pendiente la solución sobre la accesibilidad de la Residencia con el entorno urbano y la plaza de Otxartaga, en base a la falta de consignación presupuestaria, considerando que el acceso a dicha plaza se debe producir entre los bloques Nº 14 y 15 del Barrio de Otxartaga.

El Concejal Sr. Israel Brull, puntualiza que se deberá comunicar dicho acceso a los propietarios de las viviendas de los bloques 14 y 15 por si existe alguna afección o perjuicio al respecto

3º.- DAR CUENTA DEL ESCRITO DEL ABOGADO DE D. LUIS MARTÍN JIMÉNEZ Y DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA DE SU PARCELA

Leído y explicado el informe elaborado por el Arquitecto Municipal que dice textualmente:

D JESÚS URIARTE ARCINIEGA . ARQUITECTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA (BIZKAIA)

ASUNTO: Escrito presentado por José Mª Montejo Gurruchaga, en representación de Luis Martín Jiménez, en relación con los Decretos de Ejecución nº 910, 911, 912, 913

INFORME:

El técnico que suscribe ha examinado el escrito presentado por el Sr. José Mª Montejo Gurruchaga, en representación de Sr. Luis Martín Jiménez, informando que habiendo recibido los Decretos de Alcaldía Nº 910, 911, 912, 913, sobre las Ordenes de Ejecución de los derribos y retirada de enseres, casetas y cierre de la parcela, rústica Nº 266 del Polígono I, propiedad del Sr. Martín. Comunica al Ayuntamiento de Ortuella, que de forma inmediata va a proceder a ejecutar los trabajos ordenados por los citados decretos.

Girada visita de inspección a la parcela de referencia se informa que la propiedad (el Sr. Martín) ha procedido a ejecutar las ordenes de los citados decretos, encontrándose actualmente parcialmente ejecutados.

Dado que ha transcurrido más de (1) UN mes, desde la notificación de los citados Decretos (18/10/2011), no conteniendo plazo de ejecución el compromiso de ejecución por parte de la propiedad.

Se informa que se puede establecer como plazo límite para la ejecución de los citados Decretos el 23 de diciembre de 2011, y en el supuesto de no estar totalmente ejecutados los mismos, el Ayuntamiento debería proceder a su ejecución.

La Comisión se da por enterada y acuerda dar un plazo hasta el 23 de diciembre de 2011, para que el Sr. Martín proceda a limpiar la parcela en su totalidad, y en caso contrario, proceder administrativamente con el cumplimiento de las ordenes de ejecución.

4º PROGRAMA DE ACTUACION URBANIZADORA DE LA U.E. SAN BERNABE ZONA R-3 URIOSTE.

Leído y explicado el informe elaborado por el Arquitecto Municipal, que dice textualmente

D JESÚS URIARTE ARCINIEGA . ARQUITECTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA (BIZKAIA)

ASUNTO: Programa de Actuación Urbanizadora de la UE “San Bernabé” en Ortuella presentado por D. José Javier Fernández Fernández en representación de GEDINOR, S.L.

INFORME:

El técnico que suscribe informa que según documentación aportada por “GEDINOR, S.L” es propietario mayoritario de las fincas que integran la Unidad de Ejecución “San Bernabé” en la zona de Urioste, y cuyo documento de Delimitación de Suelo Urbano fue aprobado definitivamente estableciendo como Sistema de actuación de la Unidad el Sistema de Cooperación

En Orden a efectuar el desarrollo urbanístico de dicha unidad, y teniendo la condición de que el propietario mayoritario ha ejecutado las obras de urbanización de la Calle de la Unidad, no ha adquirido la totalidad de la propiedad, es requisito de ley, tramitar y aprobar el Programa de Actuación Urbanizadora (P.A.U.) de la UE “San Bernabé” modificando el Sistema de Gestión a concertación.

Examinado el documento correspondiente al programa de Actuación Urbanizadora, de la unidad de Ejecución UE “San Bernabé” presentada por la mercantil GEDINOR, S.L. se informa con carácter general que dicho programa se ajusta en su contenido a las determinaciones contenidas en la vigente Ley del Suelo y Urbanismo ar. 152 y siguientes, sobre los objetivos, contenidos y documentación de los programas de actuación urbanizadora.

Informar que dicho programa contiene documentación correspondiente a lo dispuesto en el art. 153 y 154 de la Ley del Suelo y Urbanismo al respecto proyecto de la Urbanización, Recursos disponibles; características básicas de las redes de instalaciones; ejecución de las infraestructuras, Memoria de las obras de urbanización, etc.

Respecto al contenido jurídico – urbanístico el Programa contiene:

 Sistema de actuación establecido Concertación desarrollando el proyecto de reparcelación y urbanización
 Programación de plazos de constitución de la Junta de Concertación y desarrollo del Proyecto de Reparcelación
 Programa de realojos para la vivienda existen en el sector, (no existente)
 Proyecto d la urbanización (se aporta) obra ejecutada
 Valoración económica (se aporta)
 Planos de información, parcelario, etc. (se aporta)
 Planos de ordenación de la urbanización (se aporta)
 Estudio de viabilidad económica. (se aporta)

Como conclusión se informa FAVORABLE el programa de Actuación Urbanizadora de la Unidad de Ejecución UE “San Bernabé” en zona R-3 Urioste a los efectos de su aprobación inicial cuya tramitación deberá realizarse conforme a lo dispuesto en el art. 156, de la vigente Ley de Suelo y Urbanismo”

• Previa a la aprobación inicial o definitiva por el pleno de la corporación se deberá resolver la aportación o no del Aval por el 1% del costo de la Urbanización dada la singularidad de la citada unidad.

La Comisión de urbanismo se da por enterada y remite al Pleno el Expediente para su Aprobación Inicial.

La vecina Dª Ana Caridad Gonzalo manifiesta que como se permite construcción y desarrollos urbanísticos sin estar aprobada la Revisión del Plan General , hipotecando el futuro del Municipio, indicando que no se debería de permitir dichos desarrollos urbanísticos.

El técnico Municipal intenta aclarar o explicar que las unidades urbanísticas a desarrollar, se producen en ámbitos urbanos aprobados por el Plan General vigente o por Modificaciones del Plan tramitadas y aprobadas, y que estas unidades no afectarán al desarrollo de la Revisión del Plan General ya que se construyen en suelos ordenados urbanísticamente, poniendo el ejemplo del ámbito de Suelo Urbano delimitado para el Barrio de Urioste.

5º.- CONVENIO DE CONCERTACION DE LA UNIDAD DE EJECUCION “SAN BERNABÉ” DEL MUNICIPIO DE ORTUELLA”
D JESÚS URIARTE ARCINIEGA . ARQUITECTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA (BIZKAIA)
ASUNTO: Convenio de concertación de la Unidad de Ejecución UE- “San Bernabé” en la Zona R-3 Urioste, a suscribir entre la Mercantil GEDINOR S.L. y el Ayuntamiento.

INFORME:

El técnico que suscribe informa que la Ley 2/2006 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo, define el Sistema de Concertación como “un sistema en el que los propietarios aportan los terrenos de cesión obligatoria, realizan a su costa la urbanización en los términos y condiciones que se determinen en el Plan o Programa de Actuación Urbanística o en el acuerdo aprobatorio del sistema y se constituyen en junta de concertación, salvo que todos los terrenos pertenezcan a un solo titular”

Que, asimismo, regula que la actuación requiere en todo caso la firma de un convenio en el que más del 50% de la propiedad del suelo asuma los compromisos referidos en el articulo 160 de la Ley

GEDINOR, S.L. es propietaria del 72,66 % de los terrenos patrimoniales incluidos en la UE San Bernabé de Ortuella (5.402,72 m²)

De conformidad con lo dispuesto por la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/2006 , de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, la Administración actuante podrá suscribir convenios, con personas públicas y privadas, tengan éstas o no la condición de propietarios de los terrenos correspondientes, para su colaboración en el mejor y más eficaz desarrollo de la actividad urbanística. La negociación, la celebración y el cumplimiento de los convenios a que se refiere el número anterior se rigen por los principios de legalidad, transparencia y publicidad.

El Ayuntamiento de Ortuella, en su condición de Administración actuante, y la mercantil GEDINOR, S.L., como propietario del 72,66% de los terrenos incluidos en la UNIDAD DE EJECUCION “SAN BERNABE” y en su calidad de promotor de la gestión urbanística de la mismas al objeto de articular de forma conjunta y coordinada las medidas que coadyuven a la culminación de la gestión y ejecución urbanística del ámbito, de conformidad con lo establecido en el artículo 160.2 y siguientes de la Ley 2/2006 de 30 de junio, deberán suscribir un Convenio cuya estipulación en resumen son :

Obligaciones de “GEDINOR, S.L” y del resto de propietarios a constituirse en Junta de Concertación mediante escritura pública, conforme a lo previsto en el Artículo 161 de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo.

Formular , a través de la citada Junta de Concertación, del documento de reparcelación para la equidistribución de los beneficios y cargas de la actuación, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 44 de la Ley 2/2006, de 30 de junio.

Asimismo, los propietarios están obligados a aportar a la Reparcelación de los bienes de cesión obligatoria y gratuita en los términos establecidos en la ley, en el planeamiento de Ortuella y en la Ordenación pormenorizada de dicha unidad

Los propietarios firmantes del presente Convenio, así como los demás de la UE San Bernabé que se adhieran a la Junta, se comprometen asumir las cargas de urbanización y también a asumir, a través de la Junta de Concertación, la ejecución ya concluida de las obras de urbanización, infraestructuras y servicios atribuidas a dicho ámbito por ley y por el planeamiento.

La Junta de Concertación podrá exigir de los propietarios las cantidades correspondientes, que podrán ser objeto de vía de apremio por el Ayuntamiento.

Asimismo deberá ceder el 15 % del aprovechamiento urbanístico, libre de cargas de urbanización.

El 15 % de cesión del aprovechamiento urbanístico libre de cargas que corresponde al Ayuntamiento, es objeto de adjudicación a los actuales propietarios de forma proporcional a sus respectivas participaciones y , en forma de compensación económica, a favor del Ayuntamiento de Ortuella.

Por otra parte el Ayuntamiento de Ortuella, estará obligado a aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación tras la aprobación inicial por la Junta de Concertación, de acuerdo con la tramitación establecida en la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

Recepcionar la cantidad económica de la que resulte adjudicataria en base al valor del 15 % de cesión obligatoria libre de cargas.

Analizando el convenio presentado al respecto de la citada unidad, por la Mercantil CEDINOR, S.L. se informa FAVORABLEMENTE el mismo, cuya aprobación por Decreto de Alcaldía, deberá su posterior a la Aprobación del Programa de Actuación Urbanizadora, debiendo resolver por otra parte, la disposición o no del Aval Bancario del 7% de la cuantía de las cargas de Urbanización.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 21:30 horas del día 24 de octubre de 2011, se levanta la sesión de la que se extiende la presente acta.

La Comisión se da por enterada y acuerda remitir al Pleno el citado Convenio para su aprobación.

6º VARIOS

Abierto el punto de varios por el Presidente de la Comisión toman la palabra los siguientes:

 D. José Ángel López, expone que el 15 % de la cesión del aprovechamiento urbanístico, el Ayuntamiento no lo monetarice y se quede como terreno del Barrio para mejorar aparcamientos, aceras, espacios libres, etc. El Técnico Municipal explica que el 15 % monetarizado se utiliza para inversiones en Equipamientos públicos, infraestructuras, obras de urbanización etc.

 Dª Consuelo Vega López, hizo una exposición de los problemas del Barrio de Urioste por el paso del ganado vacuno, la falta de limpieza de un terreno que linda con su propiedad, los problemas constructivos de su casa, las filtraciones de agua que tiene procedentes de la urbanización exterior, en el sótano de su vivienda etc.

El Presidente de la Comisión le comunica que la Brigada de Obras procederá a realizar una pequeña obra para encauzar el posible agua de la lluvia que se le pueda filtrar en su vivienda y que se colocaría una barandilla en la salida de su casa debido a la pendiente.

 D. Alberto Marinero. Recuerda a la Comisión que existe un terreno de jardín situado junto a la casa de la Familia Loizaga, que es propiedad del Ayuntamiento de Ortuella, aceptada e inscrita en el registro de la propiedad desde el año 2007, e insta al Ayuntamiento a través de esta Comisión de Urbanismo a reclamar dicho terreno y dejarlo libre para uso y disfrute de los vecinos

 D. Israel Brull le pregunta al Presidente de la Comisión como está la resolución del Contrato del Plan General, contestando al respecto que el Secretario Alberto está en proceso de resolución del mismo, siendo replicado por el Sr. Brull, que al margen del Contrato, se podría constituir el Consejo Asesor del Plan, modificando previamente el Reglamento de Constitución vigente, todo ello con la finalidad de que los Clubs o Asociaciones elijan al representante a participar en el Consejo Asesor.

Por otra parte, el Sr. Brull, pregunta a la Comisión que se va hacer con el terreno de Urioste, comprado por el Ayuntamiento, y la posibilidad de que se alquile el mismo a vecinos de Ortuella. Contesta el Técnico Municipal que el terreno está previsto para gestionar con el Sr. Guillermo López de Eguinoa, el traslado de la Vaquería existente en el Casco Urbano de Urioste, a Zona Rural, no pudiendo precisar el tipo de Gestión ni el terreno que quedará sobrante.

 D. Alfredo Ostariz manifiesta que los desarrollos urbanísticos que se están realizando en los últimos años, están hipotecando el Municipio y que se están realizando sin la Revisión del Plan General, recordando por otra parte, que existe un acuerdo Municipal para declarar el casco histórico de Ortuella, y si se va a tener en cuenta dicho acuerdo. El Técnico Municipal le recuerda al Sr. Ostariz, que los desarrollos urbanísticos están basados en el Plan General vigente o en Modificaciones del Plan General, y que no hipotecan el futuro desarrollo urbanístico del Municipio, dado que son actuaciones puntuales de remate de trama urbana, y que los granes retos del futuro urbanístico son: determinar donde se sitúan los equipamientos deportivos, como ordenar los Barrios antiguos de Ralera, Golifar, La Barguilla, etc., que hacer con el tren de Mercancías, como ordenar todo el eje viario desde la Estación hasta la actual trinchera del ferrocarril, que hacer con el paso a nivel de Renfe, que hacer con el posible vial de Mendialde a Aiega, etc.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 21:15 horas del día 28 de noviembre de 2011, se levanta la sesión de la que se extiende la presente Acta.

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